Ya hay ley, pero los derechos indígenas tendrán que esperar
La Prensa
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas fue reconocida como Ley de la República ayer, sin embargo, la misma deberá esperar a que culmine la redacción de la nueva Constitución Política del Estado (CPE) en la Asamblea Constituyente, para que su contenido entre en vigencia.
En ese marco, Bolivia es el primer país del mundo que reconoce ese documento como ley de la República.
La mencionada declaración fue aprobada ayer por el Senado por unanimidad. La normativa se sancionó en función al inciso 12 del artículo 59 de la Constitución que establece: ”Aprobar los tratados, concordados y convenios internacionales”.
Sin embargo, el senador de Podemos, Luis Vásquez y el analista político José Mirtembaum, aclararon que al estar Bolivia en un proceso constituyente donde se debate la cuestión autonómica, corresponde que las recomendaciones estipuladas en la mencionada declaración, entren en vigencia con la nueva Constitución Política del Estado (CPE).
Vasquez señaló al respecto: “Es sólo una ratificación de la declaración de las Naciones Unidas, esto implica que se reconoce la resolución, pero no representa que se desarrollen ninguno de los elementos que la constituyen, porque la estructura básica a la cual se tiene que adecuar es a la constitución y la normativa legal interna”.
De este modo, Bolivia se constituye en el primer país que reconoce la declaración, como Ley de la República, según reconoció el senador Vasquez, lo cual se constituye en un adelanto de los derechos de tercera generación, aunque apuntó que la nueva nueva norma prosiga con su desarrollo legislativo.
Los Derechos de Tercera Generación son también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los Pueblos, y contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano.
Asimismo también se refieren a los Derechos de los Pueblos, concebidos como colectivos, de libertades comunitarias o de bienes comunes transfronterizos que no dependen de códigos jurídicos ya definidos que se mueven en el terreno de lo ideológico.
Mirtembaum destacó que este reconocimiento formal de la declaración de la ONU implica solamente que se reconozca su existencia dentro de Bolivia y, de la misma forma, se respeten sus usos y costumbres.
Los pueblos indígenas del mundo, promovieron la aprobación de esta declaración, la cual viene siendo trabajada desde 1985, según los registros de la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los derechos indígenas
Sin embargo, los legisladores del oficialismo resaltaron la aprobación que tuvo lugar en el Congreso, y no la tomaron simplemente como un reconocimiento a la declaración de la ONU, aprobada el pasado 7 de septiembre.
El senador del MAS, Ricardo Díaz, felicitó a la Comisión de Constitución por el informe que presentó en menos del tiempo previsto, lo que posibilitó la sanción de la norma por el pleno de la Cámara Alta, dando cumplimiento a la demanda de los más de 36 pueblos originarios y etnias existentes en Bolivia.
El senador Lino Villca (MAS) agradeció también al Parlamento, el haber elevado a rango de ley la Declaración Universal de los Pueblos Indígenas. ”Un pueblo sin identidad es un pueblo sin destino, por eso es que las 36 nacionalidades están arraigadas en lo más profundo de las raíces de Bolivia.”.
El senador Carlos Börht (Podemos), apuntó que luego del proceso legislativo, sólo resta que el Congreso derive la nueva ley al Poder Ejecutivo, para que esta instancia la promulgue.
La norma reconoce la autodeterminación de los originarios
”Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud a este derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico social y cultural”, señala el artículo 3 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.
El mismo documento, aprobado el 7 de septiembre de 2007, afirma que en función a la libre determinación de los pueblos indígenas, estos tienen derecho a a autonomía o el autogobierno en las cuestiones relacionadas a sus asuntos internos y locales, asi como a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas.
En este contexto, se reconoce la vigencia de los usos y costumbres de los pueblos indígenas, en cuanto a conservar y reforzas sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales. Empero, este contenido no implica que los indígenas esten excentos a participar de la vida política, económica, social y cultural del Estado.
En cuanto a otros derechos de estos pueblos, la ONU advierte sobre el genocidio e incluso el traslado forzado de niños de un grupo étnico a otro.
En este marco se prohibe que los pueblos o personas indígenas sufran la asimiliación forzada o la destrucción de su cultura.
De la misma forma se establece la protección de las tierras pertenecientes a las naciones indígenas, pues se prohibe que estos grupos sean desplazados de estos territorios.
Sobre el tema de la educación, la delcaración también se reifere a este punto, señalando que los pueblos originarios tendrán derecho a estableceer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métidos tradicionales de enseñanza y aprendizaje.
También puede interesarle ver
Naciones Unidas: Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
Conozca en detalle como Marinkovic se apoderó de una reserva forestal en Guarayos
Presentación de los documentos que hizo el Viceministro Almaráz sobre grandes concentraciones de tierras en el oriente. -
|