Pre-acuerdo por un Estado “Unitario, Plurinacional, Democrático y Social de Derecho” y discusión para ampliar aún mas las Autonomías Departametales
Redacción Constituyente Soberana
Según se dice, los tiempos se acortan para el consejo político que reemplaza la tarea de los propios asambleístas.
Los tiempos de las distintas "oposiciones" se alargan o se acortan de acuerdo a las conveniencias de turno y a los juegos de presión mediática.
Así, "el plazo fatal" no hace mucho era del 8 de octubre pasado donde se debían reiniciar las plenarias. Pero bastó una reunión previa con las trece fuerzas de la política local, para acordar cómodamente un nuevo plazo hasta el 22 del corriente mes.
Esto se puede hacer, claro está, porque la propia Asamblea ya no tiene ni siquiera la facultad de autoorganizarce. Esta termina siendo un instrumento de la derecha y de la infatigable vocación negociadora oficialista que convalida paso a paso los puntos que le exige la "oposición".
No obstante ya pocos creen en que estos puntos incluidos puedan cambiar algo sustancialmente. Si se lee bien no la letra sino el espíritu de cada propuesta en el fondo no difieren demasiado.
De cualquier modo el Consejo Político, ya logró aprobar dos documentos. Uno referido al tema económico y otro referido a las autonomías. En el primero se reafirmó el modelo de atracción de inversiones y en el segundo se estableció primordialmente la autonomía departamental y los términos del referéndum del 2006, relegándose las autonomías indígenas y regionales.
Esto provocó más de una reacción, que sin embargo todavía está en ciernes. La aprobación de ambos documentos permite observar que en verdad las distintas propuestas se funden en mismos esquemas. Por tanto no existen mayores divergencias.
Ahora el nuevo "plazo fatal" pasa por el plan "B" este dice que de no lograr acuerdos se restablecen las plenarias y se aprueban los informes de mayorías y minorías y asimismo el MAS aprobaría en grande la propuesta.
Según Carlos Romero: "hay cosas que son inadmisibles’. “Pretender dotar a las autonomías de competencias jurisdiccionales, de potestad de definir políticas fiscales, crear impuestos, firmar convenios internacionales y aprobar códigos. Son competencias que no corresponden ni a un régimen federal."
Las líneas hasta hoy consensuadas son:
Las competencias
Extractado de Grupo Líder
Nacionales
Legislación nacional, administración de justicia, plan nacional de desarrollo, política fiscal, supervisión y control del sistema financiero, régimen crediticio, banca y seguros.
Regulación de condiciones básicas. Hacienda del Estado, deuda interna y externa, política general de comercio exterior, régimen aduanero y arancelario.
Defensa nacional y seguridad interna: Fuerzas Armadas y Policía, relaciones internacionales, régimen general de telecomunicaciones y comunicaciones.
Tierra, territorio, recursos naturales y energéticos estratégicos, minerales, hidrocarburos, recursos hídricos, espectro electromagnético, biodiversidad y recursos forestales.
Ciudadanía, derecho de asilo y regulación de políticas migratorias.
Régimen general de tributos e impuestos, regulación del transporte nacional e internacional, régimen electoral y patrimonio cultural.
Departamentales
Establecer políticas de inversión y financiamiento según la política económica del Estado. Promover el comercio, industria, agroindustria, ganadería, desarrollo productivo, desarrollo rural y servicios bajo sujeción a las políticas nacionales.
Establecer planes de educación y enseñanza, de salud y de deportes en el marco de la legislación nacional y en concurrencia con los municipios y autonomías indígenas.
Gestionar y administrar la construcción y mantenimiento de carreteras, ferrocarriles, proyectos hidráulicos y energéticos dentro de su jurisdicción.
Promover y proteger el patrimonio cultural en concurrencia con municipios y territorios indígenas, coadyuvar al equipamiento e infraestructura del sistema de seguridad ciudadana y el mantenimiento del orden público, promover acuerdos internacionales de interés departamental en sujeción a la política nacional.
Coadyuvar y coordinar el régimen de defensa civil con el Gobierno nacional, regional, municipal y con los territorios indígenas.
Territorios indígenas
Definir formas propias de desarrollo económico, planificar, aprobar, administrar y regular su régimen educativo y de salud de investigación en coordinación con el nivel departamental y nacional.
Administrar justicia comunitaria en el marco de su jurisdicción, regular derechos intelectuales colectivos, fomentar y proteger su cultura, arte e identidad.
Construir y administrar caminos vecinales, construir la infraestructura así como servicios básicos y saneamiento en concurrencia con los municipios y departamentos.
Fomentar el turismo, control y regulación de instituciones externas que desarrollen actividades en su territorio, planificación y gestión del ocupamiento territorial, gestión y protección de la biodiversidad, gestión, administración y aprovechamiento de los recursos naturales renovables.
Fomento y desarrollo de la vocación productiva y de políticas de investigación y transferencia de tecnología, preservación del hábitat, paisaje, vivienda, urbanismo y asentamientos humanos.
Municipales
Elevar los niveles de bienestar social de la comunidad mediante la ejecución directa de servicios y obras públicas, promover el desarrollo de su jurisdicción territorial a través de la formulación y ejecución de planes concordantes con la planificación nacional.
Gestión administrativa y económica para la creación y recepción de tributos y patentes destinados a los servicios públicos.
Conservar, fomentar y difundir los valores culturales y los tradicionales de la comunidad, promover el desarrollo sostenible, desarrollar infraestructura de salud, educación, micro riego, deportes, saneamiento básico y caminos vecinales.
Control, regulación y planificación de los servicios públicos y de protección a la familia, planificación, ejecución y preservación del hábitat, paisaje en concordancia con los gobiernos indígenas y regionales.
Preservar y mantener el saneamiento ambiental, así como resguardar el ecosistema en su jurisdicción. Otras competencias expresamente señaladas en una ley especial.
Es de prever que en este marco de acuerdos las autonomías indígenas y regionales quedarán supeditadas a las departamentales, quedando todavía por definir la caracterización del Estado, la estructura y organización del mismo y la estructura territorial así como las competencias de los recursos naturales.
En tanto se reiniciarán las movilizaciones por el tema de la capitalía plena en Sucre. Otro elemento más de presión para la negociación. Redacción Constituyente Soberana 16/10/2007
Foro Constituyente
Audio Nº1: Constituyente Carlos Romero
Audio Nº2: Constituyente Carlos Romero
Audio Nº3: Constituyente Carlos Romero
Audio Nº4: Constituyente Guillermo Richter Audio
Nº5: Presidente del Comité Interinstitucional Jaime Barron
El documento
Extractado de La Prensa
1. Se plantea un “Estado Unitario Plurinacional, Social, de Derecho, Democrático”. Además, será “libre, independiente, soberano, intercultural, autonómico, jurídico, cultural y lingüísticamente diverso, dentro del proceso integrador del país”.
2. Se plantea la Visión de País integradora desde la perspectiva plural y sobre la base de la complementariedad del pueblo boliviano, en su diversidad, cuyos integrantes pertenecen a los estratos urbanos y rurales de las diferentes clases sociales, a las naciones y pueblos indígenas, campesinos, cumunidades interculturales y afro–bolivianos.
3. Se reconoce la preexistencia de los pueblos indígenas a la colonia, a su libre determinación y autogobierno, en concordancia con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de Naciones Unidas (artículos 3 y 4), que son los referentes internacionales.
4. Se establece un “Estado social, de bienestar”, que busca el desarrollo equitativo mediante la redistribución de los excedentes económicos en políticas sociales, de salud, educativos y culturales equitativas.
5. Se reconoce las tradiciones comunitarias que forman parte inherente de las redes sociales y el tejido social atraviesa la sociedad.
6. Se reconoce la articulación abierta entre el Estado y la sociedad que configure la gestión política y el control social.
7. El Estado respeta y garantiza la libertad de religión y creencias espirituales de acuerdo a sus cosmovisiones, en el marco de separación del Estado y la Religión.
8. La democracia se ejerce a través de los siguientes mecanismos institucionales:
a) Participativa, directa, mediante referendo, iniciativa legislativa ciudadana, revocatoria de mandato, Asamblea Legislativa Plurinacional, Cabildos, Consulta Previa y, otros, definidos por ley.
b) Representativa mediante la elección de representantes por voto universal directo y secreto garantizando la paridad y la alternancia entre hombres y mujeres en todos los niveles.
c) Comunitaria, para los pueblos indígenas originarios y campesinos mediante la elección designación y nominación de representantes, autoridades por normas propias.
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