
Luis Eduardo Martínez Almanza - Bolpress
El marco regulatorio en vigencia se compone principalmente de las siguientes leyes y normas:
a. La Ley 1551 de Participación Popular de 20 de diciembre de 1994 que confirma y profundiza la reforma del régimen municipal, iniciada en 1985 con la puesta en vigencia de la Ley 696 Orgánica de Municipalidades. Lo que esta dispuso de nuevo fue: La ampliación de la jurisdicción territorial del Gobierno Municipal a la Sección de Provincia;La transferencia a las municipalidades de la infraestructura física de educación, salud, deportes, caminos vecinales y micro-riego, con la obligación de administrarla, mantenerla y renovarla;
La ampliación de las competencias y el incremento de recursos a favor de los gobiernos municipales, mediante mecanismos de coparticipación automática en las recaudaciones tributarias, y su asignación en proporción directa a la población así como la transferencia de ciertos impuestos en su totalidad (IPBI, IPVA e IMT).
La participación y el control social en la gestión municipal, para lo cual se reconoce la personería jurídica de las organizaciones vecinales y de las comunidades indígenas y campesinas, cuyos representantes deben conformar Comités de Vigilancia con funciones consultivas y de fiscalización en cada uno de los municipios del país.
b. La Ley 1654 de Descentralización Administrativa de 28 de julio de 1995, destinada a regular el régimen de descentralización que esta ley define como “la transferencia y delegación de atribuciones de carácter técnico-administrativo no privativas del Poder Ejecutivo a nivel nacional”. Sus disposiciones principales están referidas a:La estructura organizativa de la Prefectura del Departamento conformada por el Prefecto y el Consejo Departamental; Las atribuciones del Prefecto; La composición y atribuciones del Consejo Departamental y la designación de los Consejeros Departamentales;
El régimen económico y financiero que consolida a favor de las Prefecturas las regalías departamentales, los recursos de Fondo Compensatorio Departamental creado por la Ley 1551, el 25% de la recaudación efectiva del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus derivados y otras transferencias del Tesoro General de la Nación.
c. El Decreto Supremo 24206 de 29 de diciembre de 1995 que permitió iniciar la aplicación de la Ley 1654, reglamentando la estructura y funcionamiento de las Prefecturas. En lo fundamental este Decreto disponía la organización de la Prefectura en Secretarías Departamentales, cuyo orden reproducía en parte el de los Ministerios, entre las cuales resaltaba la Secretaría General como principal instrumento de coordinación y gestión técnica de la Prefectura.
d. El Decreto Supremo 24833 de 2 de septiembre de 1997 que sustituye al Decreto reglamentario anterior introduciendo modificaciones en la estructura organizativa y nuevos mecanismos operativos en las Prefectura. Las Secretarias fueron rebautizadas como Direcciones y se eliminó la mención a la jerarquía diferenciada del Director General.
e. El Decreto Supremo 25060 de junio 1998, en vigencia hasta hoy día, reordena direcciones de la Prefectura, y les da funciones en el mismo esquema al planteado por el D.S. 24833. Se establece además la conformación de los Servicios Departamentales sectoriales, con lo cual se da un retroceso importante en el proceso de descentralización del nivel intermedio por la ambigüedad en la dependencia de estas instancias tanto del Ministerio cabeza de sector como de la Prefectura.Decreto Supremo No. 25232, de 27 de noviembre de 1998, crea el Servicio Departamental de Educación (SEDUCA) como órgano desconcentrado de la Prefectura y descentralizado del Ministerio de Educación.Decreto Supremo No. 25233, de 27 de noviembre de 1998, crea el Servicio Departamental de Salud (SEDES)
como órgano desconcentrado de la Prefectura y descentralizado del Ministerio de Salud.Decreto Supremo No. 25286, de 30 de enero de 1999, crea el Servicio Departamental de Fortalecimiento Municipal y Comunitaria (SEDFMC) como órgano desconcentrado de la Prefectura y descentralizado del Ministerio de Participación Popular.Decreto Supremo No. 25366, de 26 de abril de 1999, crea el Servicio Departamental de Caminos (SEDCAM) como órgano desconcentrado de la Prefectura y descentralizado del Servicio Nacional de Caminos.Decreto Supremo No. 25287, de 30 de enero de 1999, crea el Servicio Departamental de Gestión Social (SEDEGES)
como órgano desconcentrado de la Prefectura y descentralizado del Ministerio del área.Decreto Supremo No. 25297, de 04 de febrero de 1999, crea el Servicio Departamental de Desarrollo Agropecuario (SEDAG) como órgano desconcentrado de la Prefectura y descentralizado del Ministerio de Asuntos Agropecuarios.Ley No. 2770, de 7 de julio de 2004, Ley del Deporte, crea el Servicio Departamental de Salud (SDD) como órgano desconcentrado de la Prefectura.
f. El D.S. No. 26767 de 9 de agosto de 2002 se crea para complementar al D.S. No. 25060, aclarando los niveles jerárquicos en la Prefectura e introduciendo nuevamente la figura del Secretario General.
g. El D.S. No. 28666 de 6 de abril de 2006 por primera vez desde la promulgación de la Ley de Descentralización Administrativa, estable una prefectura “flexible” en la que solo se establecen los limites a las Secretarias Departamentales (10) y Delegaciones Prefecturales (2), a su vez se incorporan otras orientaciones como la obligatoriedad de que exista una Secretaria General así como algunas instancias mínimas que permitan una mejor coordinaron con el nivel central y el resto de las Prefecturas, básicamente volviendo al esquema del D.S. No. 24206La Ley 3090, “Interpretación del articulo 109 de la CPE” de 6 de julio de 2005, establece por primera vez en la historia republicana de nuestro país, la elección de Prefectos mediante voto popular.
Otra norma importante en el nivel Prefectural es el D.S No. 27431, de 07 de abril de 2004, Reglamento de Consejos Departamentales, que ordena y aclara las atribuciones de esta instancia y revaloriza su labor, mejorando de alguna manera las condiciones económicas y de apoyo técnico que requieren para realizar una mejor gestión. También es digno de mención un intento fallido de uno de los últimos gobiernos para flexibilizar la estructura, jerarquizar la planificación departamental y sobre todo incorporar a los Servicios en la estructura organizacional de la Prefectura de manera directa.
Esto último fue lo que puso en pie de guerra a los sectores principalmente de salud y educación que al ver como se perdería el poder de sus sindicatos a nivel nacional decidieron implementar medidas de presión hasta conseguir la abrogación del Decreto No. 27457 de 19 de abril de 2004, apenas unas semanas después de su promulgación.
Tambien puede interearle el Indice General de Leyes recientes de la República de Bolivia
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